Normativa aplicable
Mediación prejudicial obligatoria · Provincia de Buenos Aires
Versión del 1 de noviembre de 2026
Fuentes oficiales para consultar el régimen bonaerense y su modalidad a distancia. Las referencias orientan la lectura; prevalece el texto normativo y sus modificaciones. Revisión de enlaces: 10 de octubre de 2026.
Marco general
- Constitución de la Provincia de Buenos Aires, artículo 15: tutela judicial efectiva y acceso a la justicia.
- Ley 13.951, texto actualizado, con las modificaciones de las leyes 15.078 y 15.182. Regula la mediación prejudicial obligatoria, la confidencialidad y la asistencia letrada.
- Decreto 600/2021 y su anexo reglamentario. Sustituye al Decreto 43/2019.
Modalidad a distancia
El artículo 15 bis de la Ley 13.951 regula la propuesta y los acuerdos para realizar audiencias remotas. El artículo 16 exige confidencialidad y patrocinio letrado. El artículo 18 contempla las actas y los recaudos del acuerdo.
En el anexo del Decreto 600/2021, consultá los artículos 10 (notificaciones y datos de acceso), 13 (patrocinio y terceros), 15 bis (identificación, actas y registro de la lectura del acuerdo y consentimiento) y 16 (resguardo de videograbaciones por un año y límites a su difusión y uso probatorio).
- Resolución 788/2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: pautas para la comunicación remota, identificación, notificación y constancias. Debe leerse junto con la reglamentación posterior.
- Resolución 1218/2020: firma electrónica de notificaciones y código QR emitido por MEDIARE.
Protección de datos personales
Ley nacional 25.326: tratamiento de datos personales y derechos de sus titulares. Consultá también la información de la AAIP.
Consulta y actuación profesional
La plataforma facilita la comunicación y organización. El mediador verifica el cumplimiento de los recaudos del caso, la vigencia de las normas y las instrucciones de la Autoridad de Aplicación. Un enlace generado no equivale por sí solo a una notificación fehaciente; un registro técnico no sustituye la identificación profesional ni un acta suscripta.
Podés consultar el área provincial de Mediación y el sistema MEDIARE. TransMed tiene credenciales propias y no requiere que compartas tu contraseña de MEDIARE.